Antes de que todo acabe...

Un espacio para la reflexión: "Los límites del lenguaje de una persona son los límites de su mundo..."

miércoles, agosto 30, 2006

LAS COMUNICACIONES EN MÉXICO

A continuación, en un acto de quizas torpe soberbia, me atrevo a publicar un trabajo de investigación que hicimos los colaboradores de este espacio(sin la consulta previa del equipo de trabajo) de séptimo semestre de la carrera, en la materia de Humanidades III sobre las comunicaciones; tal vez no sea excelente y omita algunas situaciones, pero además de bueno, nos brinda una perspectiva más amplia sobre el tema a tratar; además de que estrenaré una sección donde publicaré trabajos de investigación que -considero- son igualmente buenos.



LAS COMUNICACIONES EN MÉXICO.

La curiosidad, el interés y la determinación del ser humano por lograr establecer comunicaciones sin medios alámbricos dio origen a las radiocomunicaciones, las cuales se iniciaron con la telegrafía sin hilos o mejor conocida como radiotelegrafia, continuando con la radiotelefonía, la cual evoluciono en diversos aspectos, como la radiodifusión, el radar, las microondas y las comunicaciones satelitales.
  • En México la comunicación inalámbrica se veía como una solución a los problemas que generaba llevar las comunicaciones alámbricas a varios puntos del país de difícil acceso, esto lo declara la Secretaria de Comunicaciones y obras Publicas (SCOP) en le año de 1899.
  • En 1900 La dirección General de Telegrafos federales adquiere los primeros aparatos de telegrafía inalámbricos de la casa ducretet, de Francia, que dispone la conformación de una comisión para que los estudie y experimente con ellos.
  • En 1901 Con los aparatos franceses, una comisión de la dirección general de telégrafos federales, a cargo de Alejandro Gutiérrez, logra una comunicación de 4km y 9 Km.
  • En 1902 se hacen pruebas de telegrafía inalámbrica entre san Juan de Ulua y el vapor guardafaros Donato Guerra. La transmisión fue satisfactoria hasta una distancia de 113 Km.
  • En 1903 la SCOP adquiere aparatos Slaby-Arco de origen alemán con los que instala las primeras estaciones radiotelegráficas de México en cabo Haro, sonora y santa Rosalía, BC
  • En 1906 México participa en la primera convención radiotelegráfica internacional celebrada en Berlín, el representante mexicano fue el general José Maria Pérez
  • En 1908 se instalan las estaciones de telegrafía inalámbrica de xkalak y payo obispo, quintana roo
  • En 1910 se incendia la estación de cabo Haro y es sustituida por la de Bacochibampo, sonora.
  • En 1911 Se adopta la letra “X” como característica de las estaciones mexicanas, en sus distintivos de llamada, XA = costera, XB = barcos mercantes, XD = interiores.

Durante el periodo Cardenista sobre sale en el ámbito de las radiocomunicaciones la consolidación de la red nacional de radiocomunicaciones. En los talleres construidos en Chapultepec se comienza a construir el equipo tanto para la radiotelegrafia como de radiofonía, para sustituir el sistema antiguo de onda amortiguada, para cumplir con el convenio internacional firmado en 1927.

A la administración de Lázaro cárdenas le toco regularizar la situación en 1934, de forma que el procedimiento seguido reafirmara la postura política de México en torno al problema de la distribución de frecuencias, ampliamente discutido en la reunión de 1933, en México.

Las disposiciones que el gobierno no aceptaba era la de no intervenir en las comunicaciones de otras emisoras de radiocomunicaciones ya que la mayoría de las frecuencias mas rentables a ser utilizadas eran utilizadas por norteamericanos y canadienses sin que quedara un solo canal libre para que México pudiera utilizarlo sin causar interferencia alguna.

La otra era que México no aceptaba las limitaciones acerca de las radiodifusiones ya que era imposible controlar de manera fija el alcance definido por una de las fracciones de uno de los artículos de la convención de Madrid. Con esto México rechaza la monopolización del espectro radioeléctrico por un país en perjuicio de los demás y da pauta a que cada país defienda sus intereses.

La conferencia en la Habana, cuya primera sesión se celebro el 1 de noviembre de 1937 resolvió la cuestión estableciendo que en esta conferencia regional y en las que se verificaran en el futuro en el continente americano, solo contarían con un voto los estados que revinieran las siguientes características:
  • Población
  • Territorio determinado
  • Gobierno
  • Capacidad de entrar en relación con los demás estados

También en esta conferencia se formulo una tabla revisada de tolerancia de frecuencias y de inestabilidades, los gobiernos participantes convinieron en requerir de las estaciones bajo su jurisdicción el uso de transmisores lo mas libre posible de toda clase de emisiones espurias, se dedico a los aficionados una amplia gama de frecuencias y se estableció que estas bandas no deberían ser usadas para ningún tipo de radiodifusión o servicios fijos o móviles.

En este evento se crea la oficina interamericana de radio (OIR), como organismo interamericano de carácter consultivo y se elaboro un articulado que abarco múltiples aspectos de las radiocomunicaciones.

En esa época el presidente Lázaro Cárdenas da un mandato de manera oral esto quiere decir que ocupo las radiocomunicaciones para comunicar al pueblo de México sobre la expropiación petrolera.

En ese mismo año (1938) se lleva acabo la conferencia en el cairo donde se toman importantes acuerdos en que se reflejan los de la convención de la Habana, por tal circunstancia, México no tuvo inconveniente en adherirse a los documentos producidos en ese evento:
  • El Reglamento Telegráfico
  • El Reglamento Telefónico
  • El Reglamento General de Radiocomunicaciones
  • El Reglamento Adicional de las Radiocomunicaciones

Estos documentos fueron aprobados por el senado de México años después ya que el gobierno mexicano no había enviado representante del país a dicha reunión en el cairo.

En este periodo también el presidente Cárdenas revisa la ley de de Vías Generales de Comunicaciones que fue promulgada por Pascual Ortiz Rubio.
Con lo cual Cárdenas promulga una nueva ley la cual ha tenido vigencia desde ese año, con pocas reformas que no han modificado su esencia, salvo un registro en 1960, en que a excepción del articulo 406 referente a instalaciones de aficionados, el capitulo VI del libro V fue derogado por el decreto que crea la Ley Federal de Radio y Televisión, la cual absorbe lo referente a las instalaciones de radio experimentación científica.


EL TELEFONO COMO MEDIO DE COMUNICACIÓN EN MEXICO

La necesidad del hombre por comunicarse entre sí, lo ha llevado a buscar nuevas formas; el invento del teléfono ha sido uno de ellas.

Cuando el teléfono llegó a México, hace más de 100 años, representó un sistema novedoso pero que a la vez causó desconfianza o temor. Hoy es un elemento cotidiano para la comunidad.

El 13 de marzo de 1878 se efectuó el primer enlace telefónico entre la ciudad de México y la población de Tlalpan. Se logró comunicación a una distancia de 16 kilómetros.

El 15 de diciembre del mismo año, se establece oficialmente el servicio telefónico al otorgársele un premio a la Alfred Westrup & Co., para que instalara una red que uniera a las comisarías de policía que, en aquel entonces, ascendían a seis, con la inspección General, la oficina del gobernador de la ciudad y el Ministerio de Gobernación.

En su Informe de Gobierno, de septiembre de 1880, Porfirio Díaz dio a conocer la instalación del servicio telefónico en las actividades militares: "Con el objeto de facilitar la comunicación de la Secretaría de Guerra con todos los cuerpos de la guarnición y demás oficinas y edificios militares, se han instalado líneas telefónicas directas en cada uno de los establecimientos del ramo, poniéndose el registro central de todos ellos en la propia Secretaría".

Un año después, 12 de febrero de 1882, Greenwood obtiene nuevas concesiones para expandir el servicio telefónico, mismas que consideró oportuno vendérselas a la Compañía Telefónica Continental.

A mitad del mes de abril del año 1882, se constituye la primera empresa en territorio nacional, con el nombre de Mexican National Bell Telephone, sin embargo, ésta jamás llegó a dar servicio alguno, debido a los conflictos derivados de los diversos intereses de las empresas extranjeras. La solución se llevó a cabo con un arreglo contractual entre los diferentes inversionistas.

Los conflictos entre los inversionistas que desean dar el servicio telefónico terminan cuando deciden asociarse con la Compañía Telefónica Mexicana conocida como Mextelco.

En 1903 la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas otorga la concesión por 30 años al señor José Sitzenstätter para la explotación del servicio telefónico en la capital y alrededores, el señor Sitzenstätter se relacionó con la L.M. Ericsson ofreciéndoles la venta de la concesión y fue el 19 de abril de 1905 cuando se llevó a cabo el traspaso.

En noviembre del mismo año se le concede un nuevo contrato a la Compañía Telefónica Mexicana, por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas; a causa de esta renovación del contrato de la Compañía Mexicana, así como, la concesión otorgada al señor Sitzenstätter, se duplicaron los servicios, obligando a las dos empresas a mejorar sus servicios.

Fue en octubre de 1904 cuando la empresa de Teléfonos Ericsson, S.A, filial de la matriz sueca Mexikanska Telfonaktiebolaget Ericsson, inauguró su servicio con 300 suscriptores, y para finales de ese mismo año contaba ya con 650.

El 18 de febrero de 1905 la Compañía Telefónica Mexicana aumentó su capital y cambió de nombre a Compañía Telefónica y Telegráfica Mexicana, S.A.

Debido a conflictos laborales, el 6 de enero de 1915 se intervino el servicio a la Compañía Telefónica y Telegráfica Mexicana, llegando a un embargo de las redes. Esta situación tardó en resolverse diez años.

Mientras la compañía Ericsson prestaba sus servicios, La Compañía Telefónica y Telegráfica Mexicana, S.A. seguía, desde 1915, bajo intervención gubernamental. Pero sus oficinas foráneas seguían laborando ya que legalmente fueron constituidas como empresas subsidiarias de la compañía Bell.

Durante el gobierno del general Calles (1924-1928), se ordenó cesara la intervención gubernamental que desde 1915 padecía la Compañía Telefónica y Telegráfica Mexicana, S.A., fue entonces cuando la empresa International Telephone and Telegraph Co. (ITT), la adquirió.

La Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas reformó y modificó la concesión otorgada a la empresa respetando la autorización para la explotación comercial del servicio con vigencia de 50 años, con la prohibición de un traspaso o cesión. De esta manera la empresa ITT pudo competir, al mismo nivel, con la compañía Ericsson.

Para solucionar los problemas derivados de la competencia entre empresas, ITT inició negociaciones para una posible fusión, estudiándose esta posibilidad en las dos matrices extranjeras. En 1936 el presidente Cárdenas, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, les informó que deberían enlazar sus líneas y combinar sus servicios. No solo estuvieron de acuerdo con la propuesta, sino que solicitaron un incremento de tarifas, el cual fue rechazado.

La Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas en base en la Ley de Vías Generales de Comunicación y Medios de Transporte, la cual obligaba a los concesionarios a unificar servicios, establece un plan de interconexión, el cual fue firmado el 12 de agosto por el General Francisco J. Mújica, Secretario de la dependencia.

El 2 de agosto de 1946, el gobierno anunció el enlace de la compañía Ericcson y Compañía Telefónica y Telegrafía Mexicana, S. A. El costo de la fusión de líneas ascendió a 12 millones de pesos, cantidad destinada a la compra de aparatos, los primeros en su género, diseñados durante cuatro años por técnicos holandeses y norteamericanos.

A finales de la década de los cuarenta, en México se vivía un proceso de industrialización acelerado; bajo ese marco, el 23 de diciembre de 1947 se constituyó Teléfonos de México, S. A. (TELMEX). Iniciando operaciones el 1 de enero de 1948.

La constitución de Teléfonos de México se debió a las negociaciones entre L. M. Ericsson de Estocolmo y Axel Wenner-Green, interesados en que una empresa mexicana asumiera el servicio que prestaba la Empresa de Teléfonos Ericsson, S. A., la cual era financiada desde 1929 con capital extranjero.

Durante su primer año de labores, Telmex se dedicó a enlazar en forma automática los dos sistemas telefónicos existentes: el suyo y el de la Compañía Telefónica y Telegrafía Mexicana, S. A.. La mexicanización de Telmex inició en el verano de 1958, cuando se llevaron a cabo, en Estocolmo, Suecia, las reuniones entre los representantes mexicanos y los directivos de las empresas L. M. Ericsson e ITT con el fin de obtener permiso de transacción ante el departamento de control de cambios del Banco de Suecia y conseguir la garantía del precio de intercambio. Para agosto del mismo año, Ericsson de México dejaba de operar en el país, después de más de 50 años.

Luego de tomar posesión como primer mandatario de la República, el Lic. López Mateos anunció la separación de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, y se crearon la de Comunicaciones y Transportes y la de Obras Públicas. En septiembre de 1965 se instaló el primer equipo LADA 91 (nacional) en Toluca, Estado de México, pero hasta 1967 varias ciudades de la República se incorporaron a este sistema. Para 1968 este sistema se aplicaría para toda la república.

Para mejorar del servicio público las sucursales de todo el país fueron provistas de centrales automáticas del tipo "Pentaconta", fabricadas por Indetel; la necesidad de equipo telefónico lleva al gobierno federal a adquirir de la L.M. Ericsson de Estocolmo las acciones del capital social de la empresa Teleindustria, S.A. de C.V. Es importante mencionar la mayor parte de las instalaciones fue subsidiada por el gobierno federal, ya que el servicio no representaba atracción comercial, por su baja rentabilidad.

El 16 de agosto de 1972 el gobierno federal adquiere el 51 por ciento de las acciones de su capital social, por lo que dejó de ser privada y pasó a tener participación estatal mayoritaria.

En 1989 el gobierno federal anuncia su intención de vender su participación y privatizar a Teléfonos de México.
  • Los objetivos que se persiguen son:
  • Mantener la soberanía del Estado en el sector
  • Que la mayoría del capital sea de empresarios mexicanos
  • La garantía de expansión continúa en la red
  • La participación de los trabajadores en el capital de la empresa
  • Elevar la calidad del servicio hacia niveles internacionales
  • Fortalecer la investigación y el desarrollo tecnológico

LA RADIO Y LA TELEVISIÓN

La estación más importante del México post-revolucionario entre las décadas de los 20’s y 40’s era la WEQ, a la que seguía la XEW, que comenzó a transmitir en 1923 y cuya señal alcanzó rápidamente al resto del país. La XEW tuvo una participación importante -junto con el cine- en la conformación de la sensibilidad y la cultura de masas en el país. En sus transmisiones dio cabida a personajes que más tarde se convirtieron en figuras de la música. Francisco Gabilondo Soler, “Cri Cri”; Agustín Lara, el “Flaco de Oro”; Pedro Vargas, el “Tenor de América” o Jorge Negrete “El Charro Cantor”, formaron parte del elenco artístico con el que contaba la estación. Muchos cantantes, gracias a la fama obtenida a través de este medio, hicieron carrera en el cine, Pedro Infante, entre ellos. Para 1970 la XEW contaba con más de 680 estaciones y emitía música, noticias y, en la “La Hora Nacional”, música tradicional, folclore y relatos patrióticos a los radioescuchas del país (Bezzley 1986:34).

A pesar de que las transmisiones de televisión en México se iniciaron oficialmente en 1950, la historia de este medio de comunicación en nuestro país se remonta varios años atrás, pues desde 1928 y 1930, los primeros experimentos de televisión en México corrieron a cargo de los ingenieros Francisco Javier Stavoli y Miguel Fonseca.
Posteriormente, en 1935, por disposición del presidente de la República Lázaro Cárdenas del Río, los estudios de la radiodifusora XEFO del Partido Nacional Revolucionario le son facilitados al ingeniero González Camarena, para que continúe sus experimentos en materia televisiva.

Hacia mayo de ese año, el Partido Nacional Revolucionario convoca a la prensa para mostrar públicamente el equipo de televisión que planea adquirir con el fin de integrarlo a su proyecto de propaganda y difusión cultural; es así como se realiza una transmisión desde el edificio ubicado en Paseo de la Reforma número 18, la cual es dirigida por el ingeniero Javier Stavoli.

En el año de 1942, Guillermo González Camarena patenta en Estados Unidos el sistema de televisión tricromático e inicia la realización de transmisiones experimentales desde su domicilio ubicado en la calle de Havre, en la Ciudad de México.

En 1947, el presidente de la República, Miguel Alemán Valdés, solicita al músico Carlos Chávez, director del Instituto Nacional de Bellas Artes, que nombre una comisión encargada de analizar cuál de los dos sistemas de televisión predominantes en el mundo, el estadounidense (comercial-privado) y el británico (monopolio estatal), es el más conveniente para México. La Comisión del INBA se integra por el escritor Salvador Novo y por el ingeniero Guillermo González Camarena, quienes en octubre viajan a Estados Unidos y Gran Bretaña para cumplir con la instrucción presidencial. En el informe entregado por esa Comisión al primer mandatario Miguel Alemán se propone adoptar el sistema técnico estadounidense.

En 1949, se otorga la primera concesión para operar comercialmente un canal de televisión, que es el Canal 4, propiedad de Rómulo O'Farril, dueño en esa época del diario Novedades en la Ciudad de México.

Posteriormente, en enero de 1950, el ingeniero Guillermo González Camarena obtiene la concesión para explotar comercialmente el Canal 5, al que asigna las siglas XHGC, cuyas últimas dos letras corresponden a las iniciales de sus apellidos. Se decide, así mismo, ubicar los estudios en el edificio del Teatro Alameda, facilitado por Emilio Azcárraga Vidaurreta.

En febrero de 1950, se publica el decreto que fija las normas que deberán observar para su instalación y funcionamiento las estaciones radiodifusoras y de televisión, primera disposición legal específica que contiene las recomendaciones formuladas por el ingeniero González Camarena.

En septiembre de 1950, el Canal 4 inicia sus transmisiones regulares con la difusión del IV Informe de Gobierno del presidente Miguel Alemán Valdés. Previamente, se realizan transmisiones de prueba, la primera de las cuales se lleva a cabo el 26 de julio. Aunque se considera a la transmisión del informe presidencial como el inicio formal de la TV en México, la inauguración oficial del Canal 4 se llevó a cabo un día antes, el 31 de agosto de 1950, con un programa artístico musical desde el Jockey Club del Hipódromo de las Américas, al cual asiste, con la representación gubernamental, el secretario de Comunicaciones, Agustín García López.
En marzo de 1959, el Canal 11 XEIPN, dependiente del Instituto Politécnico Nacional, realiza su primera transmisión de manera oficial. Un documental y una clase de matemáticas son los primeros programas que salen al aire.

El 1° de julio de 1969, después de seis meses de negociaciones entre los representantes de la Cámara Nacional de la Industria de la Radiodifusión (CIR) y la Secretaría de Hacienda, el presidente Gustavo Díaz Ordaz emite un decreto que autoriza pagar el impuesto sobre el importe de los pagos que se efectúen por los servicios prestados por las empresas que funcionen.

Dicho decreto establecía que, al amparo de concesiones federales para el uso de bienes del dominio de la nación, las empresas concesionarias de radio y televisión pondrán a disposición del Estado el 12.5 por ciento de su tiempo diario de transmisión, para que éste hiciera uso de él para sus propios fines.

En noviembre de 1972, después de competir entre sí por un periodo de cuatro años, las empresas Telesistema Mexicano, operadora de los canales 2, 4 y 5, y Televisión Independiente de México, accionista mayoritaria del Canal 8, deciden fusionarse en una sola entidad que habrá de operar esas emisoras, así como sus repetidoras en el país. Los señores Bernardo Garza Sada, del grupo Alfa de Monterrey, y Emilio Azcárraga Milmo, de Telesistema Mexicano, firman el acuerdo de fusión. Surge de esta manera el consorcio Televisión Vía Satélite, S.A. (Televisa).

En enero de 1973, el nuevo consorcio inicia oficialmente sus actividades y el 75 por ciento de las acciones de Televisa queda en poder de Telesistema Mexicano, mientras que el 25 por ciento restante permanece en manos de Televisión Independiente de México, filial del grupo Alfa.

En 1982, el grupo Alfa sufre una fuerte crisis financiera, por lo que su director Bernardo Garza Sada decide vender el 25 por ciento de sus acciones a Telesistema Mexicano, presidido por Emilio Azcárraga Milmo, quien adquiere el total del paquete accionario del consorcio formado diez años antes.

El 7 de julio de 1977, mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, se crea la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, dependiente de la Secretaría de Gobernación. Su tarea fundamental es vigilar que la normatividad aplicable a la radio, la televisión y el cine, dentro del ámbito que corresponde a esa Secretaría, se cumpla, específicamente lo referente al contenido de los programas.

En abril de 1982, el Canal 22 del Distrito Federal inicia sus transmisiones en la frecuencia de UHF, bajo la administración del organismo estatal Televisión de la República Mexicana.

En diciembre de 1982, el artículo 28 de la Constitución es modificado por iniciativa del presidente Miguel de la Madrid Hurtado, con el fin de declarar a la comunicación por satélite como una actividad estratégica a cargo exclusivo del Estado.

Posteriormente, en 1995 el gobierno de Ernesto Zedillo Ponce de León reforma el artículo 28 constitucional, con el propósito de que la comunicación vía satélite deje de ser considerada legalmente como una actividad estratégica del Estado, como había sido definida por la administración de Miguel de la Madrid, y pase a ser una actividad prioritaria donde se permita al capital privado participar en la propiedad y operación de esos artefactos espaciales.

En junio de ese año, comienza sus transmisiones formales el Canal 40 del Distrito Federal. La concesión para operar este canal es obtenida el 23 de septiembre de 1991 por la empresa Televisión del Valle de México, S.A., propiedad del empresario Javier Moreno Valle. Sus transmisiones de prueba se inician el 5 de diciembre de 1994, ofreciendo al teleauditorio una programación que pone el acento en los temas de tipo periodístico y noticioso.

A finales de 1995, México contaba con una estructura para la transmisión de señales de televisión de la siguiente manera: un total de telehogares estimado en 15.5 millones; una cifra de canales de TV abierta estimada en 561 estaciones en operación; 143 sistemas de televisión por cable; 21 concesiones otorgadas para operar el servicio de TV pagada por microondas, conocido como MMDS o Sistema de Distribución Multicanal Multipunto, y un total de 257 estaciones terrenas para comunicación vía satélite.


MARCO JURÍDICO DE LA RADIO Y TELEVISIÓN EN MÉXICO.

En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el párrafo cuarto del artículo 27 nos señala que corresponde a la nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas; además del espacio situado sobre el territorio nacional, en la extensión y términos que fija el Derecho Internacional.

Por otro lado, el artículo 28 del mismo ordenamiento establece que no constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las áreas estratégicas y el Estado, al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la nación. Al otorgar concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación, de acuerdo con las leyes de la materia.

También establece que el Estado contará con los organismos y empresas que requiera para el eficaz manejo de las áreas estratégicas a su cargo y en las actividades de carácter prioritario, donde de acuerdo con las leyes, participe por si o con los sectores social y privado.

Además, señala que el Estado, sujetándose a las leyes, podrá en casos de interés general, concesionar la prestación de servicios públicos o la explotación, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la Federación, salvo las excepciones que las mismas prevengan. Las leyes fijarán las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia de la prestación de los servicios y la utilización social de los bienes, además de que evitarán fenómenos de concentración que contraríen el interés público.

En relación con la Ley Federal de Radio y Televisión de 1960, la cual continúa vigente, el artículo 59 de este ordenamiento señala que las estaciones de radio y televisión deberán efectuar trasmisiones gratuitas diarias, con una duración hasta de 30 minutos, continuos o discontinuos, dedicados a difundir temas educativos, culturales y de orientación social. El Presidente de la República señalará la dependencia que deba proporcionar el material para el uso de dicho tiempo y las emisiones serán coordinadas por el Consejo Nacional de Radio y Televisión.

Además, el artículo 61 del mismo ordenamiento nos indica que, para los efectos del artículo 59 de esa Ley, el Consejo Nacional de Radio y Televisión oirá previamente al concesionario o permisionario y, de acuerdo con ellos, fijará los horarios a que se refiere el citado artículo.

Así mismo, el artículo 63 establece que quedan prohibidas todas las transmisiones que causen la corrupción del lenguaje y las contrarias a las buenas costumbres, ya sea mediante expresiones maliciosas, palabras o imágenes procases, frases y escenas de doble sentido, o bien, haciendo apología de la violencia o del crimen. Se prohíbe también todo aquello que sea denigrante u ofensivo para el culto cívico de los héroes y para las creencias religiosas o discriminatorio de las razas; así mismo, queda prohibido el empleo de recursos de baja comicidad y sonidos ofensivos.

Por otro lado, el artículo 101 señala las causas que constituyen infracciones y sanciones por no cumplir con las obligaciones señaladas en la ley. Así mismo, el artículo 104 impone una multa de 500 a 5, 000 pesos, por no transmitir gratuita y diariamente hasta 30 minutos, programas difundiendo temas educativos, culturales y de orientación social.

En cuanto a la Ley que establece, reforma y adiciona las disposiciones relativas a dichos impuestos del 31 de diciembre de 1968, nos señala un impuesto sobre servicios expresamente declarados de interés publico por ley, en los que intervengan empresas concesionarias de bienes del dominio directo de la nación.

Además, indica que la base del impuesto será el monto total de los pagos en efectivo o en especie que se hagan por los conceptos señalados en el artículo primero de esta ley. Específicamente, el artículo 5° ordena que el impuesto se determinará aplicando la tasa del 25 por ciento.

Así mismo, por acuerdo presidencial para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del 1° de julio de 1969, relativo al uso oficial del 12.5 por ciento en radio y televisión, se señaló que siendo atribución del Ejecutivo Federal modificar la forma de pago y procedimiento de liquidación de los gravámenes fiscales, estimó pertinente autorizar otra forma como se podrá cubrir el impuesto establecido por el artículo 9° de la Ley que establece, reforma y adiciona las disposiciones relativas a diversos impuestos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1968.

Por otra parte, señala que los tiempos de transmisión a que se refiere la fracción anterior serán distribuidos de manera proporcional dentro del horario de las 06:00 a las 24:00 horas en cada radiodifusora o televisora de que se trate, en términos de los requerimientos que emita la Dirección de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaria de Gobernación, estableciendo que esta autorización subsistirá mientras esté en vigor el impuesto citado. En caso de que el concesionario no proporcione los tiempos de transmisión a que está obligado o no cumpla con sus otras obligaciones, el impuesto será cubierto de acuerdo con las disposiciones fiscales relativas al pago de contribuciones y, en su caso, se exigirá a través del procedimiento administrativo de ejecución, sin perjuicio de las demás acciones que procedan.

Por último, en la iniciativa del Proyecto de Ley Federal de Radio y Televisión presentada ante el Senado a finales de 2002, se propone garantizar el ejercicio de la libertad de expresión, el derecho a la información y el derecho de réplica, como derechos ciudadanos básicos; posibilitando la constitución de una autoridad autónoma que otorgue seguridad y certeza jurídica a los concesionarios, posibilitando también la independencia efectiva del Ejecutivo Federal y brindando a los ciudadanos confianza y transparencia en el cumplimiento adecuado de la Ley; garantizando la transparencia y la seguridad jurídica en el otorgamiento, supervisión y el refrendo de las concesiones; flexibilizando el otorgamiento de permisos y el funcionamiento de la emisora con carácter no lucrativo; precisando la finalidad social y definiendo una figura jurídica para los medios bajo explotación directa del Estado; permitiendo un acceso y un tiempo de difusión más amplio y equitativo a los distintos poderes y organismos autónomos del Estado; estimulando la producción nacional independiente, a través de la creación de un fondo publico con este objetivo; protegiendo al público televidente, en especial a los niños y adolescentes, y así reducir la transmisión de programas con alto contenido de violencia y, de esa manera, lograr una regulación adecuada de la propaganda comercial.

Así mismo, el Proyecto de Ley en comento señala que las estaciones de radio y televisión deberán efectuar trasmisiones gratuitas diarias, distribuidas de manera proporcional entre las 06:00 y 24:00 horas, con una duración hasta de 60 minutos, dedicados a difundir temas educativos, culturales y de orientación social. El Estado, a través del Consejo, coordinará la distribución del material para el uso de dicho tiempo.

Para finalizar haremos un breve análisis de algunos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales referidos a medios, donde se nos señala que del tiempo total que le corresponde al Estado en la radio y la televisión, cada partido disfrutará de 15 minutos mensuales en cada uno de estos medios de comunicación; además, los partidos políticos tendrán derecho de participar conjuntamente en un programa especial que será transmitido por radio y televisión dos veces al mes. Por otra parte, los partidos utilizarán la mitad del tiempo que les corresponda en los procesos electorales para difundir el contenido de sus plataformas. Sin perjuicio de lo anterior, los partidos podrán solicitar la transmisión de programas en cobertura regional, programas que no excedan de la mitad del tiempo asignado para sus programas de cobertura nacional.

Independientemente de los anteriores tiempos, previstos en la ley electoral, los partidos tendrán derecho a transmitir en radio y televisión cuando se elija Presidente de la República con tiempos de 250 horas en radio y 200 en televisión para todos los partidos y, cuando se elija a diputados, sólo se tendrá derecho al 50 por ciento de los tiempos anteriormente señalados.

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